El Ayuntamiento de Valencia acepta las recomendaciones del Síndic para mejorar el funcionamiento del padrón municipal

El síndic de greuges de la Comunitat Valenciana, Ángel Luna, da por concluida su investigación sobre el funcionamiento de la oficina de empadronamiento de Valencia, tras recibir la respuesta del Ayuntamiento aceptando todas sus recomendaciones.

El defensor del pueblo valenciano inició el expediente por la falta de recursos humanos y de medios necesarios de la administración local para atender los trámites relacionados con el padrón municipal, así como por la ineficacia e insuficiencia del sistema de cita previa para atender las necesidades de la ciudadanía; una situación que era especialmente gravosa en el caso de las personas mayores o con alguna discapacidad y que dificultaba directamente el acceso a determinados servicios y prestaciones públicas.

En el informe remitido al Síndic, el Ayuntamiento de Valencia reconocía la imposibilidad de atender la demanda en la prestación de los servicios derivados del padrón municipal con el personal que disponía. En cuanto a la cita previa, también venía a confirmar que la demanda era superior a la oferta de citas, por lo que desaparecía rápidamente, independientemente del día o el momento en que se ofrecían.

A finales de septiembre, Luna recomendó al consistorio que, además de mantener y asegurar la atención presencial, revisara el sistema de atención ciudadana mediante cita previa de manera que resulte adecuado y suficiente a la demanda. Asimismo, esta institución instaba a que los procedimientos telemáticos del padrón municipal fuesen más eficaces y que hubiese mayor interconexión entre las solicitudes de la sede electrónica y la aplicación de gestión del padrón.

Las consideraciones del Síndic han sido expresamente aceptadas por el Ayuntamiento de Valencia que ha concretado detalladamente el incremento de personal para atender a la ciudadanía, así como las medidas organizativas y de carácter tecnológico que ha implementado para mejorar el servicio.

Consulta nuestra actuación sobre este asunto.

El Síndic insta al Ayuntamiento de Alicante a poner fin a la cita previa obligatoria y a la brecha digital

El síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana, Ángel Luna, se ha dirigido al Ayuntamiento de Alicante para solicitarle que atienda a las personas en las oficinas de atención y registro sin limitación ni sujeción a la obtención de cita previa. En este sentido, Luna insta a que se den las órdenes oportunas para asegurar la atención presencial de los ciudadanos, dentro de los parámetros de normalidad en cumplimiento del principio de servicio a los intereses generales que debe regir la actuación de las administraciones públicas.

 

El Síndic también insiste en la necesidad de prestar una especial atención a los ciudadanos afectados por la brecha digital y en situación de vulnerabilidad social. A este respecto, pide al Ayuntamiento de Alicante que dote las oficinas municipales con puntos autónomos que dispongan de ordenadores para realizar los correspondientes trámites administrativos y de funcionarios destinados a asesorar y ayudar a los ciudadanos que lo necesiten.

La intervención del defensor del pueblo valenciano se originó tras recibir la queja de un ciudadano que no había podido registrar, de manera presencial, un recurso contra la actuación de la grúa municipal en el Registro del Ayuntamiento de Alicante. En su lugar, le dieron cita previa para poder hacerlo en una fecha posterior al plazo legal que tenía para realizar dicho trámite.

En su resolución, el síndic considera que, en el momento actual, la cita previa debe tener un carácter voluntario y entiende que es una buena opción que beneficia al ciudadano, al ahórrale tiempo, y también a la Administración que puede organizar mejor el servicio. No obstante, Luna insiste en que «no cabe la imposición de una cita previa de manera obligatoria para registros y oficinas de atención ciudadana porque carecer de amparo legal».

Además, el defensor argumenta que si el ciudadano dispone de un plazo tasado para ejercitar un derecho, tan válido es el primero como el último de los días que tiene para acudir al registro para cumplimentarlo. «Si se le veta el acceso dentro de tal plazo, porque se le exige la obligatoria cita previa que se le concederá una vez vencido dicho periodo, se podrían vulnerar diversos derechos reconocidos en la Constitución, sean fundamentales o no, dado que se restringen, limitan o lesionan, y desde luego se ponen trabas a su libre ejercicio».

Asimismo, Luna recuerda que la Constitución obliga a la Administración a servir con objetividad a los intereses generales, lo que impide el mantenimiento de un sistema que, en lugar de considerar a la Administración como ente instrumental para servir a los ciudadanos, hace que estos se tengan que someter al arbitrio y designios de esta.

Consulta nuestra actuación.

 

El Síndic reclama al Ayuntamiento de Novelda que restaure la atención presencial sin cita previa

El síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana, Ángel Luna, ha instado al Ayuntamiento de Novelda que atienda a las personas que se dirijan a las oficinas de atención y registro sin limitación ni estar sujeto a la obtención de cita previa».

La intervención de esta institución se originó tras la queja presentada por un ciudadano en la que denunciaba este requisito obligatorio a la hora de llevar a cabo trámites tan básicos como la presentación de documentos en el registro del citado ayuntamiento.

Para el defensor valenciano, «cuando el ciudadano dispone de un plazo tasado para ejercitar un derecho, tan válido es el primer día como el último a la hora de acudir al registro para cumplimentarlo. Si se veta el acceso dentro de tal plazo porque se le exige, de forma obligatoria, la cita previa y ésta se concede en una fecha posterior al fin del plazo, se estarían vulnerando sus derechos».

Además, el defensor del pueblo valenciano ha pedido al Ayuntamiento de Novelda que preste especial atención a aquellos colectivos de personas afectados por la brecha digital que elijan comunicarse con el Ayuntamiento a través de medios electrónicos. Para atender a estas personas que por su edad, vecindad, ignorancia digital, escasa formación, desconocimiento del idioma o falta de recursos encuentran dificultades a la hora de realizar con éxito trámites administrativos telemáticos, Luna aboga por dotar a todas las oficinas municipales de puntos autónomos con ordenadores y con personal funcionario que puedan prestarles auxilio y asesoramiento.

A tenor de la evolución de la crisis sanitaria del Covid, el Síndic entiende que la Administración no puede imponer la obligatoriedad de la cita previa para registros y oficina de atención ciudadana porque «carece de amparo legal». No obstante, considera que la cita previa puede ser positiva para al ciudadano «porque le ahorra tiempo» y también para la Administración «que puede organizar mejor el servicio», pero que debe tener un carácter voluntario.

Consulta nuestra resolución sobre este asunto: 11919870.pdf (elsindic.com)

El Síndic pide hacer accesible la cita previa electrónica a las personas en situación irregular

El síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana, Ángel Luna, ha instado a la Conselleria de Participación, Transparencia, Cooperación y Calidad Democrática y a la Conselleria de Hacienda y Modelo Económico que flexibilicen el actual sistema de cita previa para toda la ciudadanía en general y para las personas inmigrantes en particular, de forma que no sea requisito obligatorio la identificación única mediante DNI/NIE.

Así responde el defensor del pueblo valenciano a la queja presentada por València Acull que manifestaba su disconformidad con el servicio de cita previa telemático de la Generalitat Valenciana por exigir la identificación de las personas con DNI/NIE. Desde la oenegé, entendían que dicho requisito era «discriminatorio» para aquellas personas que se encuentran en situación irregular o que solo tienen el pasaporte, pues con este documento no pueden obtener citas previas por vía electrónica con la Generalitat.

Por su parte, la Conselleria de Participación, Transparencia, Cooperación y Calidad Democrática justificó ante el Síndic que dichas vías de solicitud -con identificación de DNI/NIE- se basan en la identificación de las personas mediante un mecanismo automatizado de verificación que se emplean por motivos de seguridad informática, así como prevención de usos fraudulentos. No obstante, reconocía «la problemática que supone el acceso a los servicios y de la heterogeneidad de las situaciones de las personas que necesitan relacionarse con la administración» y mostraba su disposición a estudiar las posibles vías para dar una atención lo más inclusiva posible.

En su resolución, Luna considera que estas limitaciones estarían afectando al derecho de las personas en general y de los inmigrantes en particular a relacionarse por medios electrónicos con las administraciones públicas valencianas. Asimismo, recuerda que, en España, las personas extranjeras tienen derecho, entre otras cosas, a relacionarse por medios electrónicos con la Administración, a obtener y utilizar los medios de identificación y firma electrónica, y a que las autoridades y empleados públicos les faciliten el ejercicio de estos derechos.

El defensor del pueblo valenciano también destaca en su resolución su función de prestar una «una atención preferente y prioritaria a aquellos supuestos en los que pueda detectarse la existencia de personas o colectivos en situaciones de riesgo de exclusión o de especial vulnerabilidad» como sería la situación descrita.

Por ello, aun compartiendo la preocupación de la Generalitat de establecer sistemas seguros, considera oportuno estudiar medidas que, bajo principios de simplicidad y proximidad a la ciudadanía tengan el menor impacto posible en el ejercicio de sus derechos, teniendo presente que, en sentido estricto, la reserva de cita previa, no forman parte del procedimiento administrativo; sino que es un acto previo y preparatorio que puede dar o no lugar al mismo.

Consulta nuestra resolución sobre este asunto.