El Síndic acota la suspensión de plazos por la DANA a personas y municipios directamente afectados
07-11-2024Actualidad
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Actualidad del Síndic
Reiteramos al Ayuntamiento de Castellón que tramite la petición de demolición de unas obras ilegales
18-02-2015Hace unos meses, se dirigió a esta institución una vecina para comunicarnos que la recomendación que el Síndic dirigió al Ayuntamiento de Castellón en julio de 2013 y que éste aceptó, pidiendo restablecer la legalidad urbanística a causa de unas obras ilegales, no se había cumplido. De acuerdo con la interesada, ni se habían impuesto las multas ni se habían ejecutado de manera subsidiaria los trabajos de demolición de las obras. Esta situación motivó la apertura de un nuevo expediente.
Con arreglo a la información facilitada al Síndic, la afectada presentó la primera denuncia al Ayuntamiento de Castellón en el año 2010 y, según reconoce el propio consistorio, el procedimiento de restauración de la legalidad urbanística iniciado a petición de la afectada caducó, por lo que se tuvo que iniciar un nuevo expediente. En total, han trascurrido más de cuatro años sin que este asunto se haya resuelto.
El Ayuntamiento de Castellón, por su parte, ha informado al defensor que el negociado administrativo que se encarga de estos asuntos está actualmente atendiendo más de 400 expedientes y que los va tramitando en función de los medios disponibles y de la gravedad de los hechos.
En este sentido, el Síndic entiende que no es siempre fácil reaccionar con prontitud ante todas las infracciones urbanísticas que se cometen en un término municipal. Pero en este caso concreto, en el que se ha detectado y se ha denunciado un incumplimiento de la norma urbanística, las autoridades locales tienen la obligación de restablecer la legalidad urbanística vulnerada en el plazo máximo de cuatro años desde la total terminación de las obras, ya que, de lo contrario, las obras ilegales terminan consolidándose sin poder ordenar la demolición de las mismas. Asimismo, el defensor insiste en que la Administración local debe respetar la propia normativa urbanística y ejercer un control preventivo y represivo de las actividades constructivas que se realizan en el término municipal.
De acuerdo con el defensor del pueblo valenciano, la disciplina urbanística va más allá de lo que pudiera considerarse un mero problema de construcciones y licencias; el urbanismo engloba, nada más y nada menos, que el equilibrio de las ciudades y del territorio en general. Por todo ello, Cholbi considera que es un acto muy grave que las normas que se han establecido pensando en la justicia, en la certeza y en el bien común, después, mediante actos injustos, se incumplan; generalizando el incumplimiento es difícil sabe a dónde se puede llegar
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Por todo ello, el Síndic ha recomendado al Ayuntamiento de Castellón que teniendo en cuenta el tiempo transcurrido desde la primera denuncia presentada, se impulse la tramitación del expediente para restablecer la legalidad urbanística conculcada, evitando que prescriba la acción para demoler las obras ilegalizables y que se proceda a la resolución del recurso de reposición pendiente, permitiendo la continuidad en la tramitación del expediente de referencia
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