El Síndic acota la suspensión de plazos por la DANA a personas y municipios directamente afectados
07-11-2024Actualidad
- Inicio >
- Actualidad >
- Recomendación del Síndic por la notificación a un ciudadano con letra ilegible
Actualidad del Síndic
Recomendación del Síndic por la notificación a un ciudadano con letra ilegible
13-07-2012El síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana, José Cholbi, ha resuelto la queja presentada por un vecino de Mislata que manifestaba haber recibido una notificación del Ayuntamiento de Mislata totalmente ilegible
debido al tamaño de la letra, dificultándole conocer el contenido del acto que le había sido notificado.
Por su parte, el alcalde de Mislata informó a esta Institución de que dicha notificación correspondía a un procedimiento sancionador por infracción de tráfico. Asimismo, alegaba que los modelos empleados por el Ayuntamiento para notificar estos procedimientos están normalizados para permitir un tratamiento automatizado y para poder facilitar la documentación en los dos idiomas, valenciano y castellano, lo que obliga a comprimir la letra en estos modelos
. Según el alcalde, en ningún caso se llega al extremo de hacer ilegible el documento
. Para ello, adjuntó al defensor copia de los modelos.
Tras un estudio detallado de los circunstancias mencionadas, el Síndic, en la resolución de este expediente, deduce que el tamaño de la letra de los modelos administrativos que dice utilizar el ayuntamiento no coincide con el empleado en la notificación que le fue practicada al promotor de la queja.
En este sentido, Cholbi mantiene que la notificación del ciudadano en cuestión puede ser legible si nos auxiliamos de unas lentes de aumento, pero obviamente, no es lo recomendable ni lo razonable
, y prosigue no es normal que para conocer el contenido de los actos administrativos notificados debamos auxiliarnos de una lupa
.
Por todo lo anteriormente expuesto, el Síndic le dirige dos recomendaciones al Ayuntamiento de Mislata: por un lado, revisar la notificación que le fue practicada al promotor de la queja, “por resultar el tamaño de la letra utilizada muy inferior, hasta el punto de ilegible, al empleado en los modelos que (el Ayuntamiento) nos ha remitido”; y por otro, utilizar un tamaño de letra legible, sin el auxilio de una lente de aumento, para notificar los actos administrativos dictados por esa administración municipal.