El Síndic acota la suspensión de plazos por la DANA a personas y municipios directamente afectados
07-11-2024Actualidad
- Inicio >
- Actualidad >
- La Sindicatura insta a los familiares de las personas dependientes a no desistir en la reclamación de sus derechos
Actualidad del Síndic
La Sindicatura insta a los familiares de las personas dependientes a no desistir en la reclamación de sus derechos
25-04-2014La síndica de Greuges e.f., Emilia Caballero, ha querido matizar hoy la postura de esta institución con relación a las noticias publicadas recientemente en diversos medios de comunicación, en las que se daba a conocer la reciente sentencia del TSJCV que negaba la prestación a los derechos de los dependientes y respaldaba el criterio seguido por la Conselleria de Bienestar Social. En este sentido, la Conselleria se mantiene en su criterio de no reconocer los derechos a los herederos de las personas que habiendo realizado su solicitud de ayudas a la dependencia, han fallecido transcurrido muchos meses, incluso años, sin que se haya aprobado la misma, alegando que al no haberse concretado las prestaciones que la persona en situación de dependencia debía percibir, no se ha generado ningún derecho para sus herederos.
Desde esta Institución entendemos que estas noticias, unidas a las enormes demoras y los recortes en las prestaciones, pueden ocasionar que muchas personas encontrándose en situación de dependencia desistan en solicitar una prestación que constituye un derecho subjetivo para ellas.
Sin embargo, estudiando a fondo la sentencia, entendemos que el TSJCV no niega ese derecho, como no puede ser de otro modo, sino que da pistas para reconducir futuras demandas de los herederos. Es decir, de acuerdo con el pronunciamiento del Tribunal, en los casos en los que la persona dependiente hubiera fallecido sin que se le hubiera aprobado su Programa Individual de Atención, en lugar de iniciar una demanda reclamando un derecho aún no reconocido, la hagan reclamando la responsabilidad patrimonial correspondiente de la administración por su inacción ante las solicitudes de dependencia, cuya demora en resolverse puede ser de años. Este contexto, siendo grave de por sí, reviste aún mayor gravedad tratándose de personas en situación vulnerable y en muchos casos, de avanzada edad.
Esta Institución, conocedora de que dichos retrasos en su mayor parte no están justificados por ninguna acción u omisión de la persona dependiente, lleva años defendiendo esa misma postura avalada ahora por el TSJCV, a través de sus múltiples resoluciones y de su memoria anual a Les Corts, solicitándole a la Conselleria de Bienestar Social que inicie de oficio un expediente de responsabilidad patrimonial para reparar en la medida de lo posible su falta de acción. Por lo cual, queremos incidir en el hecho de que entendemos que la mencionada sentencia del TSJCV no debe hacer desistir a los familiares de los dependientes de reclamar sus derechos.