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El Síndic reivindica las becas de transporte escolar para el alumnado de Formación Profesional Básica

06-11-2015
El Síndic reivindica las becas de transporte escolar para el alumnado de Formación Profesional Básica

El síndic de greuges de la Comunitat Valenciana, José Cholbi, ha solicitado a la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte que impulse una modificación normativa que permita incluir expresamente a los alumnos que optan por la Formación Profesional Básica entre los beneficiarios de las ayudas de transporte escolar en los centros dependientes de la Generalitat.

De esta forma, responde el defensor del pueblo valenciano a la queja presentada por la madre de un alumno de Formación Profesional Básica que solicitó la ayuda individual de transporte escolar para el curso 2014/15.  De acuerdo con la madre del afectado, tanto ella como el propio IES donde cursaba los estudios su hijo contactaron por teléfono con la Conselleria de Educación para informarse sobre las condiciones exigidas para la concesión de tales ayudas a los alumnos de Formación Profesional Básica, recibiendo ambos una respuesta favorable a la cuestión planteada .

 

Inicialmente, la Conselleria emitió una resolución provisional, reconociendo a su hijo la ayuda solicitada así como el importe de la misma, de la que la promotora de la queja tuvo conocimiento tras ser publicada en el tablón de anuncios del IES. No obstante, posteriormente recibió una llamada del centro educativo informándole que la resolución definitiva denegaba dicha ayuda a su hijo por no cumplir con los requisitos, sin especificar en ningún momento el supuesto requisito incumplido. Cuando la madre del afectado se puso en contacto con el área de becas de la administración educativa, le comunicaron que los alumnos de Formación Profesional Básica no están incluidos en las normas (Orden 49/2014 y Resolución de 17 de junio de 2014) que establecen los requisitos para poder ser beneficiario de tales becas.

Efectivamente, dichas normas no mencionan al alumnado de Formación Profesional Básica, suscitando la duda planteada por la interesada puesto que esos ciclos formativos tienen una duración de dos años académicos y están destinados a personas que no han finalizado la ESO y que quieren proseguir sus estudios hacia el campo de la Formación Profesional, por lo que, en principio, habría que considerarlos como parte de la educación obligatoria y gratuita. 

El defensor del pueblo valenciano también hace constar en su resolución que la propia Dirección Territorial de Educación tuvo que elevar consulta a la Dirección General de Centros y Personal Docente de la Conselleria de Educación para que ésta procediera a indicar, por escrito, cómo proceder con los alumnos de esta opción educativa, sin recibir instrucción escrita alguna, sino verbal, indicando la inclusión de los alumnos de Formación Profesional Básica en una ruta de transporte colectiva siempre y cuando no generase incremento de gasto. Sin embargo, todas las ayudas individuales de transporte escolar solicitadas por estos alumnos serían denegadas por no citarse dicha enseñanza de forma expresa en las normas en cuestión. 

De acuerdo con el Síndic, esta institución no puede amparar la inseguridad jurídica creada por la situación descrita, por lo que considera conveniente que la administración educativa revise la legislación aplicable al caso, y que incluya como beneficiarios de las ayudas reguladas al alumnado de Formación Profesional Básica.

Consulta el contenido íntegro de la resolución del Síndic sobre esta cuestión.

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