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Cullera acepta la recomendación del Síndic y devuelve unos avales por 26 mil euros

15-04-2016
Cullera acepta la recomendación del Síndic y devuelve unos avales por 26 mil euros

El Síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana ha recibido recientemente la contestación del Ayuntamiento de Cullera en la que acepta la recomendación del defensor solicitando la devolución de un aval a un vecino del municipio.

La actuación del defensor del pueblo valenciano en este asunto se originó hace unos meses, cuando el interesado presentó una queja ante esta institución en la que manifestaba la falta de respuesta del Ayuntamiento de Cullera a un escrito que el ciudadano presentó a principios de 2015. En él solicitaba la devolución de un aval bancario que se constituyó en el año 1986 como garantía de las obras de urbanización de un sector del PGOU de dicho municipio. Después de casi 30 años, las obras, que contaban con un plazo de ejecución de cuatro años, no se han terminado. En este sentido, el afectado alegaba que este enorme retraso en la conclusión de las mismas, del que no es responsable, está provocándole un perjuicio económico insostenible debido a los gastos de mantenimiento del aval.

Sobre el asunto de fondo, la devolución del aval bancario, esta institución considera que no es de recibo obligar al propietario a mantener indefinidamente el aval bancario que aportó en garantía de pago de las cuotas de urbanización; y más cuando éste no tiene ninguna culpa del retraso de la terminación de las obras de urbanización o de los incumplimientos de los plazos previstos en el programa de actuación integrada, cuestiones ambas únicamente imputables al urbanizador.

El Síndic mantiene que el pago de las cuotas de urbanización está garantizado no sólo con el aval bancario, sino con la afección o carga real que pesa sobre la finca de resultado adjudicada al interesado. Por tanto, y de acuerdo con la normativa vigente, no hace falta una doble garantía, real y financiera, para unas mismas obras de urbanización. “Si existe ya la afección registral (nota o advertencia), no cabe la garantía financiera“, aclara el Síndic.

Por todo ello, a finales de enero de 2016, el Síndic recomendaba al Ayuntamiento de Cullera que devolviese el aval bancario al interesado puesto que el pago de los gastos de urbanización se encuentra garantizado con la afección registral sobre la finca de resultado adjudicada. En contestación, el Ayuntamiento de Cullera ha comunicado al Síndic que comparte los motivos esgrimidos por el defensor valenciano y que, en consecuencia, acepta nuestra recomendación y procederá a cancelar y devolver los avales por un importe total de más de 26 mil euros.

Adjuntamos el contenido íntegro de la resolución del Síndic sobre este asunto

 

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