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27 de abril. Día Mundial contra el Ruido. El Síndic pide más concienciación e implicación de la Administración ante los problemas ocasionados por los ruidos

27-04-2016
27 de abril. Día Mundial contra el Ruido. El Síndic pide más concienciación e implicación de la Administración ante los problemas ocasionados por los ruidos

El Síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana ha tramitado, durante los últimos doce meses, 371 expedientes de quejas relacionados con problemas de contaminación acústica que padece la ciudadanía. Las principales cuestiones planteadas en esta institución se refieren al ruido y molestias generados por locales de ocio mal insonorizados, la práctica del “botellón”, las fiestas populares, el funcionamiento de terrazas en horario nocturno y sin respetar las horas de cierre, impidiendo que muchas familias puedan disfrutar de su derecho al descanso. En otras ocasiones, las molestias acústicas son causadas por distintos agentes externos tales como equipos de aire acondicionados, infraestructuras de trasporte (carreteras, trenes, etc.) o instalaciones industriales (estaciones de bombeo, maquinaria pesada, etc.).

Respecto a los problemas de ruido, desde el Síndic no nos cansamos de repetir que, tal y como vienen declarando los tribunales de justicia, la contaminación acústica por encima de los límites legales inciden perniciosamente sobre el derecho fundamental a la inviolabilidad del domicilio, así como los derechos constitucionales a la protección de la salud, a un medio ambiente adecuado y a una vivienda digna. Por lo que resulta totalmente ineludible su firme protección por parte de los poderes públicos.

Con el objeto de evitar y minimizar las molestias acústicas causadas injustamente a la ciudadanía, la legislación vigente habilita a la Administración local y autonómica a adoptar medidas correctoras que pueden ir desde la sanción administrativa,  la orden de clausura o cierre del local, hasta la suspensión inmediata del funcionamiento de la fuente perturbadora hasta el momento en el que se corrijan las deficiencias existentes.

Asimismo, en muchos casos recordamos a la Administración que su pasividad ante los casos de contaminación acústica que provoquen efectos perjudiciales para la salud podría generar responsabilidad patrimonial, con la consiguiente obligación de indemnizar los daños y perjuicios (físicos, psicológicos y morales) que se les pudiera causar a los vecinos.

Adjuntamos las últimas resoluciones del Síndic de Greuges sobre esta materia diferenciadas por provincias:

  • Alicante

http://www.elsindic.com/Resoluciones/10773545.pdf (Alcoy)

http://www.elsindic.com/Resoluciones/10771603.pdf (Elche)

  • Castellón:

http://www.elsindic.com/Resoluciones/10767572.pdf (Castellón)

http://www.elsindic.com/Resoluciones/10770705.pdf (Peñíscola)

  • Valencia

http://www.elsindic.com/Resoluciones/10769863.pdf (Valencia)

http://www.elsindic.com/Resoluciones/10766526.pdf (L’Olleria)

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