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El Campello se compromete con el Síndic a solucionar las molestias por la tenencia de animales en una comunidad de vecinos
24-09-2021La tenencia de animales de compañía puede llegar a ser una fuente de conflictos entre vecinos en las comunidades de propietarios. El ladrido de perros es una de las causas más comunes de molestias, sobre todo en horario de descanso.
Precisamente, esta es la situación que denunció un vecino de El Campello cuando presentó una queja –en nombre de la comunidad de propietarios- ante el Síndic de Greuges por las continuas molestias que venían padeciendo a causa de los ladridos, así como la suciedad y los malos olores en los elementos comunes -zaguán, escalera y rellanos- del edificio donde residen. De acuerdo con su escrito de queja, estas molestias venían ocasionadas por la tenencia de más de ocho perros y diez gatos, además de la alimentación a pájaros mediante comederos y bebederos instalados en su terraza.
A la petición de informe del Síndic, el ayuntamiento contestó que la policía local había realizado una visita de inspección informando de que en la vivienda convivían seis perros, seis gatos y un ave y que estos animales tenían su documentación en regla.
En su resolución, el defensor del pueblo valenciano recuerda que la tenencia de animales de compañía en las comunidades de propietarios viene regulada en la correspondiente ordenanza municipal de El Campello y que, en su artículo 7.2, establece que “la tenencia de animales de compañía en viviendas urbanas queda condicionada a un alojamiento adecuado, a no atentar contra la higiene y la salud pública y a que no causen molestias a los vecinos, sin que el número de animales pueda servir de causa o justificación”.
Asimismo, el apartado 3 de este artículo dispone que “cuando el número de animales sobrepase el límite que fija la Alcaldía, será necesaria la previa autorización municipal para poseerlos”. Pues bien, según el informe remitido por el Ayuntamiento, hasta el momento, no hay una Resolución de Alcaldía estableciendo el número máximo de animales que pueden ser albergados en viviendas urbanas sin autorización municipal.
Por todo ello, el Síndic recomendaba al consistorio que adoptase las medidas correctoras necesarias para lograr la solución de la situación descrita, garantizando la protección de los derechos de los vecinos afectados. También le instaba a concretar el número máximo de animales que pueden ser albergados en viviendas urbanas sin autorización municipal.
Esta semana, el Ayuntamiento de El Campello ha aceptado las recomendaciones del Síndic y ha dado traslado de las mismas al departamento correspondiente “para el estudio de la viabilidad de la modificación de la ordenanza” en lo referente al número máximo de animales en viviendas urbanas.
No obstante, el Síndic ha comunicado al interesado que si en tres meses la administración no adopta estas recomendaciones, puede ponerlo de nuevo en conocimiento del defensor para que intervenga de nuevo.
Ver el contenido de la resolución de recomendaciones sobre este asunto.