El procedimiento que sigue el Síndic para la tramitación de las quejas es sencillo y, básicamente, consiste en los siguientes trámites:
- ACUSE DE RECIBO: Como máximo en 3 días desde la entrada por registro de tu queja obtendrás el acuse de recibo de la presentación de la misma.
- ADMISIÓN/ INADMISIÓN A TRÁMITE: En un plazo máximo de 15 días hábiles se adopta la decisión sobre su admisión a trámite. En este plazo, el Síndic analiza si tu queja reúne los requisitos que establece la Ley del Síndic. En caso afirmativo, te facilitaremos un número de expediente y te iremos informando de los pasos que vamos dando. Cuando no podamos admitirla a trámite, te explicaremos porqué y te informaremos de otras vías posibles para solucionar tu problema.
- INSTRUCCIÓN: Una vez admitida tu queja a trámite, el Síndic se dirige a la Administración afectada informándole de tu problema y solicitándole que nos informe sobre lo sucedido. Cuando recibimos este informe, te lo remitimos para que hagas las alegaciones que estimes convenientes.
- RESOLUCIÓN: Una vez que tenemos toda la información, el Síndic la estudia en profundidad. Si considera que ha existido una vulneración de derechos, el defensor emitirá una resolución en la que expondrá sus conclusiones y podrá dirigir recomendaciones, sugerencias o recordatorios de deberes legales a la Administración afectada para que se solucione tu problema. La Administración deberá contestar si acepta o no nuestra resolución en un plazo máximo de un mes.
La intervención del Síndic concluye una vez que la Administración nos comunica la aceptación de nuestras recomendaciones o las razones que justifican la no aceptación de las mismas.
En cualquier momento durante la tramitación de tu queja puedes ponerse en comunicación con la Oficina de Atención Ciudadana para efectuar cualquier consulta sobre la misma (número gratuito: 900 21 09 70).